Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2019-S2
Fecha: 13-Mar-2019
II
II.3. Mediante decreto de 21 de septiembre de 2017, emitido por la autoridad judicial ahora demandada, se dejó en suspenso el mandamiento de condena contra el solicitante de tutela, en cumplimiento del Auto de admisión de acciones de defensa 01/07, dictado por el Juez Público Mixto Segundo de Guayaramerín del departamento de Beni (fs. 4). Asimismo, se tiene la nota de 4 de octubre de 2017; por la que, el Juez demandado, comunicó al Comandante Departamental de Santa Cruz de la Policía Boliviana, de la suspensión del mandamiento de condena (fs. 4).
- accion
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.2.2. Informe de las personas demandadas
- no conceder
- I.4.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 11
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La formulación de acciones de defensa y sus efectos en los procesos en la jurisdicción ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR