Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0030/2019-S2
Fecha: 25-Mar-2019
II.4.
II.4. De acuerdo a la Nota Marginal de 28 de agosto de 2018, no se pudo celebrar la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva de esa fecha, por cuanto la Jueza en suplencia legal se encontraba con baja médica, firmando en constancia el ahora impetrante de tutela y su abogada (fs. 43).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- i)
- III.1.
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para el señalamiento de audiencias de cesación a la detención preventiva
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR
- 2°
- ,
- excepción