AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2019-O

Fecha: 17-Abr-2019

II.5.

II.5.    Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2018, el denunciante, solicitó al Juez Público Civil y Comercial Cuarto del departamento de Chuquisaca, el cumplimiento del Auto 02/017 de 18 de enero de 2017 y de la SCP 0264/2017-S2, alegando que la referidas decisiones constitucionales, que le concedieron la tutela, no fueron cumplidas por las autoridades demandadas; toda vez que, inobservando los argumentos en ellas expuestos, nuevamente declararon infundado su recurso de casación bajo el fundamento de que los agravios expuestos carecían de trascendencia, siendo que, conforme estableció la justicia constitucional, dicha exigencia es una carga procedimental excesiva, pues no se configura como un requisito de admisibilidad del recurso de casación civil; por lo que el Tribunal Supremo de Justicia, debió pronunciarse en el fondo de lo demandado; pretensión que ameritó la emisión del Auto de 4 de febrero de 2019, mediante el cual, el Juez de garantías, determinó no acoger la denuncia de incumplimiento, al considerar, que desde la fecha de notificación con el fallo objetado, habían transcurrido más de dieciocho meses y que por ende se entendía que el denunciante había efectuado una conformidad tácita con lo decidido, siendo que además, de estimar que el nuevo pronunciamiento vulneraba sus derechos, podía formular otra acción de amparo constitucional; y, finalmente, que el fallo emitido sí se manifestó con referencia a los agravios expresados en casación, estableciendo que éstos carecían de trascendencia (fs. 248 a 257 y 267 a 268).