SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2019-S4

Fecha: 05-Abr-2019

concedió

El Juez Público de Familia Décimo del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 06/18 de 31 de julio de 2018, cursante de fs. 226 a 236 vta., concedió la tutela solicitada, determinando dejar sin efecto en ambos procesos, el Auto de observación y posterior Auto de rechazo, emitidos por la ARIT Santa Cruz, respectivamente, ordenado que se dicten nuevos autos de observación; decisión asumida en base a los siguientes fundamentos: i) Las Resoluciones Sancionatorias en Contrabando Contravencional AN-ULEZR-RS 78/2017 y AN-ULEZR-RS 82/2017 y los Autos de observación, tienen una redacción textual idéntica y en el último Auto, la autoridad demandada, en el inc. f) estableció: “Aclaración de firma del/la representante legal de la empresa recurrente” (sic) evidenciándose la vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente fundamentación y motivación; ya que, debió ser claro y preciso e indicar si el recurrente era “ORLANDA u ORLANDO” (sic.) para que tenga oportunidad de verse advertido de que su error de transcripción constituye un error formal; y, ii) En los Autos de rechazo, la fundamentación se centró en un error de forma respecto a quién presentó el memorial como recurrente, por lo que se lesionó el derecho al debido proceso en su elemento a la impugnación ya que por ese error no se emitió un fallo sobre el fondo de lo impetrado; ya que si bien el recurso lo interpuso “Orlanda” Aladino Jama Panezo, el Carnet de Identidad E-0029788 le correspondía a Orlando Aladino Jama Panezo.