SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
II.2.
II.2. Mediante Resolución Sancionatoria en Contrabando Contravencional AN-ULEZR-RS 82/2017 de 30 de agosto, dictada por Willan Elvio Castillo Morales, Gerente Regional Santa Cruz de la ANB, contra Orlando Aladino Jama Panezo –hoy accionante– y la Agencia Despachante de Aduana GUAPAY S.R.L., representada legalmente por Enrique Bernachi Barrero, quien declaró probada la comisión de contravención aduanera por contrabando en contra de Orlando Aladino Jama Panezo, con NIT 296386024 y la señalada Agencia Despachante de Aduana; y en consecuencia, el comiso definitivo de los ítems 1 y 2 de la mercancía comisada en el Acta de intervención GRSCZ-C-0016/2017 de 19 de abril; disponiendo se adjudique mediante declaración de mercancía de importación de carácter simplificado a título gratuito y exento de pago de tributos aduaneros de importación y gastos concernientes al servicio de almacenaje y logística en favor del Ministerio de la Presidencia o el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, otorgando al sujeto pasivo veinte días para recurrir al recurso de alzada conforme a lo previsto por los arts. 131 y 143 del CTB; decisión puesta a conocimiento del peticionante de tutela mediante notificación personal en la ANB regional Santa Cruz, el 14 de noviembre de 2017 (fs. 39 a 53 y 170)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Normativa legal aplicable para impugnar actos de la administración tributaria.
- Las resoluciones sancionatorias
- III.2. Principio de informalismo que rige en materia administrativa
- el principio de informalismo consiste en la excusación de la observancia de exigencias formales no esenciales y que pueden cumplirse después,
- el intérprete está obligado a optar por aquel entendimiento interpretativo que desarrolle de mejor forma y con la mayor efectividad, los derechos, principios y valores
- Obliga a una interpretación benigna de las formalidades precisas contenidas en el procedimiento
- los recursos pueden ser calificados erróneamente, pero han de interpretarse conforme la intención del recurrente, y no según la letra de los escritos
- III.3. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- el derecho a la jurisdicción o de acceso a la justicia
- faculta a las personas a exigir que las autoridades judiciales que conozcan sobre un conflicto determinado dentro su competencia y jurisdicción, proporcionen la correspondiente solución al problema jurídico puesto en su conocimiento
- III.4. Análisis del caso concreto
- “propiedad de mi persona JAMA PANEZO ORLANDO ALADINO”
- ORLANDA
- CONFIRMAR