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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2019-S4

    Fecha: 10-Abr-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegar
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1.
    • Los fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
    • Este principio está referido a la concordancia existente entre el pedimento planteado por las partes y la decisión que de tal pedido desprende el juez o tribunal; quedando entendido que los mismos no puede modificar el petitorio ni los hechos planteados en la demanda. Es decir, debe existir una adecuación ‘entre la pretensión u objeto del proceso y la decisión judicial’,
    • Por incongruencia omisiva, en virtud de la cual, la autoridad jurisdiccional o administrativa emite una resolución sin considerar las pretensiones de las partes, vulnerando con esta omisión el derecho a un debido proceso y también el derecho a la defensa;
    • Fragmento 15
    • III.3.2. Sobre los defectos de la Resolución FDLP/EJBS/S-491/2017 de 30 de noviembre
    • valorando integralmente el contenido de las actuaciones y de manera fundamentada,
    • Fragmento 18
    • III.3.3. Sobre los defectos de fundamentación de la Resolución FDLP/EJBS/R-390/2018 de 5 de abril, emitida en el proceso penal iniciado a denuncia del accionante
    • externa, entendida como principio rector de toda resolución
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • REVOCAR

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