SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

5)

5)    Sobre los supuesto de obstaculización de la investigación, se debe tomar en cuenta que las imputadas utilizaron el poder de Guillermo Ochoa Paz Becerra “por lo que la víctima presenta bajo requerimiento Fiscal un formulario rápido de Derechos Reales en la que señala que Guillermo Ochoa Paz Becerra no registra bien inmueble dentro de la jurisdiccional de Oruro y de la misma manera la imputada Sandra J. Poppe Mareño y la imputada Patricia Monica Suaznabar Capriles, y así mismo la defensa técnica de la parte imputada hace la presentación de una demanda de resolución de contrato en fotocopia simple la misma que no cuenta con el sello del abogado y del señor interesado y la carga de la recepción de la demanda, intentando sorprender a la autoridad y con lo que se puede demostrar que la imputada tiene facilidades para modificar, destruir o suprimir elementos de prueba” (sic); motivos por los cuales, concurre el peligro de obstaculización establecido en el art. 235.1 de la misma norma adjetiva penal.