SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

sin lugar”

La Jueza de Sentencia Penal Primera de la Capital del departamento de Oruro, constituido en Jueza de garantías, mediante Resolución 15/2018 de 14 de noviembre, cursante de fs. 30 a 34, declaro “sin lugar” y en consecuencia “improcedente”, la acción de libertad presentada, bajo los siguientes fundamentos: i) Mediante la presente acción tutelar se solicitó de deje sin efecto el Auto de Vista 137/2018 y se dicte una nueva resolución debidamente argumentada, petitorio que no se enmarca dentro de los supuestos de persecución indebida, restablecimiento de formalidades legales, o su restitución del derecho a la libertad; ii) La Resolución impugnada no es la causa directa de la privación de libertad de la accionante, la cual puede ser corregida por la autoridad que conoce la causa; las infracciones al debido proceso dentro del ordenamiento jurídico boliviano están llamadas a repararse por los órganos jurisdiccionales ordinarios, lo que implica que quien fue objeto de lesión de sus derechos y garantías constitucionales debe pedir su reparación a los jueces y tribunales ordinarios; y, iii) En el presente caso la accionante, debe hacer uso de la acción de amparo constitucional o de los medios ordinarios de impugnación establecidos en el procedimiento.