SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

segundo punto

En cuanto al segundo punto, el cual versa sobre el hecho que, una vez advertido del error con el memorial denunciado, se realizó el trámite regular evitando mayores dilaciones, sin existir dolo en su accionar que constituya elemento idóneo y sustancial para atribuirle la falta disciplinaria, causándole con esa defectuosa valoración de la prueba un grave perjuicio y vulneración a sus derechos, sin considerar los hechos reales; con relación a este punto, los ex Consejeros sostuvieron que, el hecho y momento procesal por el cual la ahora accionante fue procesada y sancionada es precisamente aquel en el que fue sentada la denuncia; es decir, a la actitud que asumió la disciplinada ante las falencias incurridas dentro de su despacho, que derivaron en vulneraciones de derechos; advirtiéndose que el cuestionamiento esgrimido en el recurso de apelación respecto a este punto, fue respondido por las ex autoridades.