SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

II.1.

II.1.    El 12 de octubre de 2017, los entonces miembros de la Comisión de Régimen Disciplinario -hoy demandados- mediante RA 038/2017 determinaron la baja definitiva del accionante de la Unidad Académica de Grado, sin derecho a reincorporación, por la comisión de la falta disciplinaria tipificada en el art. 40 inc. c) núm. 2 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL; arguyendo en lo principal que: 1) El peticionante de tutela se retiró el 2 de septiembre de 2017, previa solicitud de permiso por cumpleaños y no retornó al día siguiente -para hacer el relevo de la guardia que le fue asignada-; debido a problemas de salud por los que recibió su baja médica; 2) Según la declaración informativa de Rodrigo Oscar Chura Armijo -alumno de segundo año de la “ESBAPOL”-, el hoy impetrante de tutela, se encontraba en el concierto de “Los Ángeles Azules” a horas 1:45 del 10 del mes y año citado; 3) Por certificación se evidenció que Deymar Mario Martínez Mamani -hoy accionante- registraba antecedentes disciplinarios de tres casos diferentes; y, 4) Tras su notificación, el solicitante de tutela “…no ha hecho uso de su defensa vale decir no presentó memorial o pruebas de descargo alguno…” (sic); por lo que, se llegó a la convicción de que el procesado cometió la falta acusada, correspondiendo su baja (fs. 24 a 27).