SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
b)
En este punto, resulta claro que, no podía constituirse una Comisión Mixta de Despidos, y menos invocar abandono injustificado a las labores que prestaban los trabajadores, siendo que -se reitera- en el marco de lo descrito precedentemente, los mismos instalaron una huelga en defensa de sus derechos, en virtud al adeudo laboral por parte de la empresa empleadora por más de veinticuatro salarios impagos, lo que ponía en riesgo su subsistencia; huelga que se repite, se encuentra reconocida constitucionalmente en el art. 53 de la Norma Suprema; regulando además el art. 5 inc. c) del Convenio 158 de la OIT, que no constituye una causa justificada para la terminación de la relación de trabajo, presentar una queja o participar en un procedimiento empleado contra un empleador por supuestas lesiones de leyes o reglamentos, o recurrir ante las autoridades administrativas competente (Fundamento Jurídico III.1).
En ese sentido, la huelga fue declarada legal en todas las etapas de la instancia administrativa (Conclusión II.1), por lo que, no podía servir de sustento para una desvinculación laboral de los trabajadores que ejercieron dicho derecho; a más de destacarse que, en el acta de compromiso de 28 de junio de 2018, la parte empleadora también se comprometió a dejar sin efecto los Autos de apertura de procesos internos de despidos de 11 de ese mes y año; compeliendo igualmente sobre este punto, consiguientemente, conceder la tutela requerida, aclarando que, este Tribunal no se puede pronunciar, sin embargo, sobre la ilegalidad o no del Reglamento Interno de IABSA, aprobado por RM 606/07 de 17 de octubre de 2008, mediante la presente acción de defensa, teniendo los accionantes al efecto, las acciones de inconstitucionalidad correspondientes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.
- 1)
- i) Conceder en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III.1. Del derecho al trabajo y su protección
- (c) presentar una queja o participar en un procedimiento entablado contra un empleador por supuestas violaciones de leyes o reglamentos, o recurrir ante las autoridades administrativas competentes
- III.2. Marco constitucional y normativo sobre los principios del Derecho del Trabajo, reconocidos a favor de los trabajadores
- El principio protector.
- El principio de la estabilidad laboral.
- principio protector
- III.3. De la acción de amparo constitucional ante el incumplimiento de conminatorias de reincorporación
- III.4. Protección de la estabilidad laboral de las personas con discapacidad
- III.5. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- conceder en parte
- 1° CONFIRMAR
- 3º