SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2019-S1

Fecha: 17-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 14 de agosto de 2017, el ómnibus de la Asociación de Transporte Libre Flota “Trans Narváez” que cumplía el servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros con ruta La Paz-Tarija, al llegar a la tranca de Pajchani fue interceptado por miembros de la Unidad de Control Aduanero (UCA), quienes en perjuicio de los pasajeros y del medio de transporte retuvieron el vehículo desde horas 10:30 a 17:00, revisando los bultos y encomiendas existentes en el mismo y que pertenecían a los usuarios de transporte los cuales tenían sus respectivas notas de embarque, guías, facturas originales y copias de las Declaraciones Únicas de Importaciones (DUIs); por lo que, ante este hecho se extendió el Acta de Comiso 002871 de igual fecha y que no fue objeto de comiso; sin embargo, posteriormente se marcó con una “x” en la casilla que afirmaba lo contrario, constituyendo ello el primer acto administrativo en base al cual se vulneró su derecho al debido proceso; por tal razón, estaría viciado de nulidad con defectos absolutos y que no fue valorado por la autoridad demandada. Por otra parte, refirió que no le dejaron ingresar al vehículo, a fin de sacar la lista de pasajeros para presentarla como descargo, habiendo sido privado de acceder a estos documentos y a sus objetos personales.

Transcurridos cuatro meses de estos hechos, recién le hicieron conocer la Resolución Sancionatoria TARTI-RC-0926/2017 de 28 de noviembre, inobservando la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) -Ley 2341 de 23 de abril de 2002-, que establece, que la misma debió ser emitida dentro de los veinte días desde el primer acto.