SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0133/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0133/2019-S4

Fecha: 17-Abr-2019

2.

Ante el incumplimiento de tales requisitos, deviene la improcedencia del recurso; y por lo tanto, se concluye con el trámite casacional; empero, para el caso que el recurso supere dicha fase; es decir, que el Tribunal Supremo de Justicia verifique que los requisitos de admisibilidad se encuentran cumplidos; en una segunda fase, recién pasará a efectuar el juicio de fundabilidad.

Sobre el particular, la SCP 0819/2018-S2 de 10 de diciembre sostuvo que: “El pronunciamiento en torno al juicio de admisibilidad del recurso de casación; ya sea que el mismo sea declarado improcedente, y/o bien, que sea admitido el recurso, constituye un pronunciamiento definitivo, que por lo mismo no puede reverse por el propio Tribunal casacional, en mérito al principio de preclusión. Por ello, el examen de admisibilidad del recurso de casación debe ser efectuado con el mayor cuidado, siempre en el marco de los principios pro actione y de prevalencia de la justicia material sobre la formal”.