SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0133/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0133/2019-S4

Fecha: 17-Abr-2019

III.2.  El principio de preclusión procesal

En los sistemas procesales regidos por el principio de preclusión o por fases, a diferencia de lo que sucede en el sistema de libre desenvolvimiento o de unidad de vista, el proceso se desarrolla mediante la clausura de etapas, de manera tal, que no es posible retrotraer el trámite a etapas ya clausuradas; al respecto, Lino Enrique Palacio, en su libro Manual de Derecho Procesal Civil I. Décima Edición actualizada señala que: “Por efecto de preclusión adquieren carácter firme los actos cumplidos dentro del periodo o sección pertinente, y se extinguen las facultades procesales que no se ejercitaron durante su transcurso…”

Consecuentemente, en mérito al principio de preclusión, una vez que se clausura una etapa del proceso, no resulta posible retrotraer el trámite a la etapa concluida, salvo que exista denuncia sobre la existencia de reclamaciones oportunas sobre irregularidades procesales, que violen el derecho a la defensa.