SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
a)
La empresa accionante por intermedio de su abogado, ratificó el tenor integro de la acción de defensa presentada y ampliando la misma manifestó que: a) La empresa que representa, solicitó que la autoridad demandada responda de manera fundamentada a la “carta” enviada el 17 de julio de 2018; b) Refirió que el 5 de septiembre del mismo año, recibió una notificación, en calidad de respuesta a la segunda carta de 16 de agosto del citado año, misma que constituye una burla e ignora el contenido de la mencionada carta; c) Cabe hacer notar que al momento de presentar esta acción tutelar, la autoridad demandada, respondió a la “carta” de 17 de julio del mencionado año, sin considerar los hechos ocurridos en Brasil que se encuentran amparados documentalmente, que constituyen caso fortuito; asimismo, no se dio cumplimiento al procedimiento administrativo que impone la propia Orden de Compra, que establece que después de vencidos los quince días del plazo para la entrega de los repuestos, se debió ampliar por diez días el mismo, como establecía el contrato, con el cobro de las correspondientes multas, y proceder a la recepción de los mismos; y, d) Por lo que solicita se conceda la tutela y se ordene dar una respuesta debidamente fundamentada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De los alcances del derecho a la petición y su diferenciación de una pretensión procesal
- Los contrastes antes referidos advierten claramente una diferenciación entre el derecho de petición y la pretensión que puede contener una demanda o un recurso de impugnación dentro un proceso administrativo;
- En conclusión, a la luz de la doctrina, entendimientos y jurisprudencia constitucional glosada, el derecho de petición no puede ser invocado dentro de un procedimiento judicial o administrativo para solicitar a una determinada autoridad la ejecución de un acto procesal que por imperio de la ley esta compelida a realizarla,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR