SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2019-S1

Fecha: 26-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 17 de octubre de 2017, se inició de oficio en su contra proceso administrativo disciplinario policial, por la supuesta infracción del art. 14.4 y 17 -entiéndase de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB [Ley 101 de 4 de abril de 2011])-, que textualmente refieren: «“…Recibir como consecuencia de las funciones policiales dádivas y otros beneficios personales…”» (sic); y, «“…Ser encontrado en Flagrancia cometiendo acciones delincuenciales dolosas o con vinculación con personas del Hampa, comprometiendo gravemente la imagen y prestigio institucional”» (sic); proceso en el cual el 30 de octubre del mismo año, el Tribunal Disciplinario Departamental de Pando -cuyos integrantes son hoy codemandados-, mediante Resolución Administrativa (RA) 046/2017 de 30 de octubre, resolvió absolverle de la infracción establecida en el art. 14.4 de la citada Ley; y, sancionarle con baja definitiva de la institución policial sin derecho a reincorporación por la vulneración al art. 14.17 del cuerpo legal señalado.

Como antecedentes señala que, desde el inicio del desarrollo investigativo se vulneraron su derecho a la defensa y la garantía a la igualdad procesal, al efectuarse actos investigativos que no respondían a la realidad de los hechos e incumpliéndose los plazos procesales establecidos en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; en razón a que el Fiscal policial, no remitió la acusación al Tribunal Disciplinario Departamental de Pando -hoy codemandado- dentro del plazo de cuarenta y ocho horas previsto en la norma.