SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

vi)

vi)     El 16 de agosto de 2018, el impetrante de tutela, en virtud a los análisis clínicos que le fueron realizados por los médicos forenses del IDIF de Santa Cruz y el informe remitido a Edwin José Blanco Soria, Fiscal Departamental de La Paz -ahora autoridad fiscal codemandada-, así como al Fiscal de Materia asignado al caso, mediante cooperación directa de 16 de julio de igual año, evidencia y certifica que padece una enfermedad renal crónica en estado terminal a raíz de poliquistosis renal, estado de salud que impide su traslado a la ciudad de La Paz, para asistir a las audiencias programadas por ese Tribunal para la celebración del debate en el presente Caso de Corte. Además de la enfermedad que padece, aduce que sufre de hipertensión arterial sistémica de muy difícil control y cardiopatía hipertensiva a la espera de trasplante renal en mediano plazo con riesgo para movilizarse a áreas de mayor altitud con riesgo de sufrir severas descompensaciones; razón por la cual, solicitó al Presidente y Vocales de la Sala Plena demandados, se disponga su exclusión temporal del proceso por encontrarse impedido de asistir a las audiencias de celebración de debate programadas en La Paz dentro del Caso de Corte; por lo que, a través de la providencia de 17 de agosto del mencionado año, determinaron por purgada su rebeldía y sobre la exclusión del proceso, que el accionante cumpla con la gestión del mismo respecto a la notificación a los querellantes, al Ministerio Público, a la Procuraduría General del Estado, así como la presentación de los certificados médicos y la solicitud de auscultación médico forense que impetró el mismo para ser practicada por el IDIF Santa Cruz, que fue atendida por ese Tribunal, según providencia de 20 de junio de dicho año (fs. 294 a 298);