SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

3)

3)   La decisión objeto de apelación carece de seguridad jurídica para su eficaz cumplimiento, ya que el profesional que emita un criterio técnico debe ser de acuerdo a su entender o conocer; sin embargo, el Juez a quo dispuso que se oficie ante el Colegio de Arquitectos para definir la procedencia y los frutos de alquileres, extremo que    no es oportuno puesto que estos actos deben ser estudiados por un especialista en el área de cálculo matemático y/o financiero, con el fin de garantizar la tutela judicial efectiva; por lo que, la decisión del inferior no está debidamente fundamentada y motivada, situación que vulnera el debido proceso y la seguridad jurídica, lo cual     amerita su restauración.