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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2019-S3

    Fecha: 30-Abr-2019

    I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

    La impetrante de tutela a través de su representante, ratificó la demanda     tutelar planteada y ampliándola, señaló entre otras cosas que la “…Ley del colegio de arquitectos…” (sic) dispone que son los arquitectos los que hacen los avalúos inclusive los judiciales; en cambio, “…el Decreto Ley 12042…” (sic) que ampara a los economistas no les da ninguna atribución para ello.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre la exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
    • la interpretación  de la legalidad infra constitucional le corresponde a los      tribunales de justicia y no a la justicia constitucional
    • III.3.  A
    • b)
    • c)
    • 2)
    • 3)
    • Por lo que , la nulidad no procederá solamente    ante irregularidades reclamadas oportunamente, sino también de oficio
    • Fragmento 22

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