SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

II.1.

II.1.  Grover Peña Crespo, mediante memoriales presentados el 18 de septiembre de 2015 y el 23 de abril de 2016, demandó el pago de daños y perjuicios en contra de la Presidenta Ejecutiva interina de la ANB, en mérito a que el Tribunal de Sentencia Penal Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dictó el Auto Interlocutorio definitivo, por el cual, se declaró probada la excepción de incompetencia formulada por su parte, y en consecuencia, dispuso la declinatoria de competencia y la remisión de obrados a la entidad administrativa –Aduana Nacional de Bolivia Regional Oruro–, ya que se determinó que no existía la comisión del delito de defraudación aduanera, en el control diferido realizado al administrado, por lo que el hecho identificado se trataba a lo sumo de una contravención, que debía ser tramitada en la vía administrativa; por tal motivo, no correspondía el decomiso de la mercancía importada (llantas), por lo que tal acto, atribuible a la culpa o negligencia de los funcionarios aduaneros, hubiera provocado un daño económico, ya que el producto importado se ha deteriorado impidiendo su comercialización, correspondiendo el pago del importe de daño emergente de Bs. 39.000 (treinta y nueve mil bolivianos) y lucro cesante Bs387,327,69; haciendo un total de Bs, 426.327,69 (cuatrocientos veintiséis mil trescientos veintisiete 69/100 bolivianos). (Memoriales que cursan de fs. 116 a 125 y de fs. 126 a 142).