SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2019-S4
Fecha: 09-May-2019
III.2. Sobre la revisión de la valoración
“i) La valoración de la prueba es una actividad propia de las juezas y jueces de las diferentes jurisdicciones del Órgano Judicial o de las autoridades administrativas; ii) La justicia constitucional puede revisar la valoración de la prueba cuando: a) Las autoridades se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; b) Omitieron de manera arbitraria la consideración de las pruebas, ya sea parcial o totalmente; y, c) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado en la argumentación; iii) La ausencia de carga argumentativa vinculada a los supuestos en que procede la revisión de la valoración de la prueba –resumidos en el punto precedente– no es una causal para la denegatoria de la acción de amparo constitucional; iv) La competencia de la justicia constitucional en el análisis de la revisión de la valoración de la prueba se reduce a establecer la ausencia de razonabilidad y equidad en la labor valorativa o a constatar una actitud omisiva en esa tarea o finalmente, si se le dio un valor diferente al medio probatorio, desconociendo el principio de verdad material; y, v) Las irregularidades en la valoración de la prueba solo darán lugar a la concesión de la tutela cuando tengan relevancia constitucional; es decir, cuando incidan en el fondo de lo demandado y sean la causa para la lesión de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales.”
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- concedió en parte
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Sobre la revisión de la valoración
- III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Sobre la supuesta vulneración del derecho a la debida motivación respecto a los eximentes de responsabilidad
- III.4.2. Sobre
- III.4.3. Sobre la presunta vulneración de la
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO