SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

b)

b)   Con relación a la conducta desplegada por el sindicado Edilfredo Miranda Balda y la posible adecuación al delito referido, en cuanto a la supuesta existencia de violencia física, se tiene: certificado médico forense de 14 de agosto 2017, emitido por Edgar Santiago Gisbert Monzón, Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), correspondiente a la denunciante, mismo que es convenido por el Certificado Médico de 15 de agosto de igual año, emitido por Víctor Hugo Méndez, Médico traumatólogo y urgencias del Hospital de Clínicas, «”documento cuestionado debido a que en los registros del Hospital de Clínicas no se tiene antecedentes del ingreso y atención de Andrea Nataly Pérez”» (sic); declaración de la referida denunciante en calidad de víctima, quien se circunscribe a los hechos detallados en el memorial de querella; asimismo cursan declaraciones testificales de: Osmar Portocarrero Miranda, Hermes Guzmán Romero, Félix Osmar Portocarrero Castro, Erica Ivone Cuentas Parada y Dilma Susana Miranda Valda; elementos que si bien reflejan indicios sobre la presunta participación del sindicado y la adecuación de su conducta al delito de violencia familiar o doméstica, que fue en primera instancia reflejado en la emisión de la Resolución de la imputación formal; sin embargo, se debe tomar en cuenta que estos indicios no fueron sustentados durante la etapa preparatoria con elementos de convicción y probatorios que acrediten de manera idónea el hecho ilícito denunciado ante el Ministerio Público.