SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

i)

En audiencia sostuvo que: i) La Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia -Ley 348 de 9 de marzo de 2013-, dentro de sus principios rectores contempla la informalidad; razón por la que, indiciariamente se consideró el certificado médico forense, por el cual la denunciante -hoy accionante- promovió la acción persecutoria y requiriéndose la imputación formal contra el hoy tercero interesado; ii) Para emitir la Resolución de sobreseimiento, advirtió la existencia de contradicciones; así también se apreciaron de forma minuciosa los elementos de convicción cursantes en el cuaderno de investigaciones; iii) En la referida Resolución se consideró el certificado médico forense correspondiente a la hoy peticionante de tutela, que contrastado con la declaración de los testigos de descargo y de cargo, generaron duda respecto a la participación del sujeto activo; y, iv) Se revisaron minuciosamente cada uno de los casos que se encuentran aperturados por la nombrada, siendo el fin enteramente patrimonial, abusando de la Ley 348, al activar la acción persecutoria estatal  para buscar propósitos personales.

En vía de aclaración, enmienda y complementación, la peticionante de tutela a través de su abogado señaló que: i) La parte demandada refiere que no se habría realizado la valoración psicológica, pese a que fue solicitada y negada; sorprendiendo en esta acción de defensa con un informe sesgado; ii) Sobre la tutela judicial efectiva, se puede evidenciar de qué manera se vulneró este derecho, cuando tiene un “requerimiento forense” de cinco días y cuando además solicitó actos investigativos “pero nunca se le da”; y, iii) Se aclare y complemente, por qué en audiencia de esta acción tutelar, se permitió que diga que se encontraba en estado de ebriedad y que tendría múltiples antecedentes.

i)     En la investigación se realizó la acumulación de los siguientes elementos de convicción: certificado médico forense mediante el cual le otorga cinco días de incapacidad; placas fotográficas de los galenos Raúl Caballero y Víctor Hugo Méndez, siendo agredidos verbalmente por la sobrina y la abogada del imputado, las cuales no fueron tomadas en cuenta por el Fiscal de Materia.