SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

d)

d)   Con relación a la violencia psicológica, del cuaderno de investigaciones se advierte que no cursa “…Dictamen Pericial Psicológico o Informe Psicológico que establezca la existencia de un daño psicológico post traumático…” (sic), dentro de los alcances del art. 7.3 de la Ley 348, y cuyos requisitos no fueron evidenciados; por lo cual, no cursando elemento probatorio que acredite la existencia de violencia psicológica, se estima que los elementos colectados son insuficientes para adecuar la conducta del sindicado a la misma.