SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

III.3. Análisis del caso concreto.

De la revisión de antecedentes, tenemos que la parte accionante presentó una demanda contencioso administrativa, en contra de la RA RA-SS 1640/2016, sosteniendo que ésta vulneró las Leyes 1715, 3545 y el DS 29215, ya que se aplicó a su caso, el anterior Reglamento (DS 25763) que no reconocía el derecho de las posesiones de medianas propiedades y empresas al interior de áreas protegidas, vulnerando su derecho de acceso a la tierra consagrado en el art. 397 de la CPE y de posesión previsto en el art. 399 de la CPE, por lo que pide que se declare la nulidad de la RA RA-SS 1640/2016 y se ordene a la Dirección Nacional del INRA que emita Resolución Administrativa de adjudicación, reconociendo la totalidad de la superficie en posesión legal del predio de Ander Echevarría Melgar (Conclusiones II.2).

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental Plurinacional, el 2 de marzo emitió la Sentencia Agroambiental Plurinacional S2° 004/2018, por la que declaró improbada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por la parte ahora impetrante de tutela, y en consecuencia, se declaró firme y subsistente la RA RA-SS 1640/2016; afirmando que no se encontró vulneración alguna sobre la posesión de la hoy parte peticionante de tutela y en especial sobre la superficie otorgada al mismo por la precitada Resolución, ya que no se desconocieron las normas vigentes en su momento, porque el saneamiento de la propiedad agraria, constituye un procedimiento técnico jurídico destinado a regularizar y perfeccionar el derecho propietario agrario, por lo que confirma la declaración de tierra fiscal de 3.202.2567 ha, y el reconocimiento de 500 ha, a favor del demandante