SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2019-S4

Fecha: 10-May-2019

Fragmento 21

También es importante recalcar que, la presente garantía jurisdiccional es reparadora porque busca restituir los derechos fundamentales ya suprimidos o vulnerados, como resultado de la consumación de actos u omisiones ilegales; mientras que, en su modalidad preventiva, es viable formular la acción aun cuando el acto o la omisión ilegal no se encuentran materializadas, pero que existe un riesgo inminente para la afectación del bien jurídico, tipología que emerge directamente del art. 128 de la CPE, declara que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley” (las negrillas nos corresponden).