Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2019-S4
Fecha: 10-May-2019
II.7.
II.7. El 16 de febrero de 2018, el Responsable Distrital de la DIRCABI-Pando, notificó a “Vanessa” (sic), señalando que la Resolución emitida por el Juez de Instrucción Penal Segundo del departamento de Pando, dispuso la entrega del bien inmueble incautado, dentro del proceso en el que se encontraba involucrado su fallecido esposo Jorge Ramón Riguera Joseff, haciéndole conocer que debía desocupar el inmueble de referencia, en un plazo de cinco días, recalcando que en una oportunidad anterior ya se le comunicó sobre el desalojo sin que hubiera cumplido (fs. 33).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.2.5.- Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- la vivienda
- Fragmento 24
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR