Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2019-S4
Fecha: 10-May-2019
II.1.
II.1. Cursa memorial de 25 de mayo de 2017, mediante el cual la accionante interpuso incidente de devolución de bien inmueble y orden de desincautación, recalcando ser legitima propietaria del bien objeto de la medida cautelar y constituye único patrimonio de la familia, ya que el mismo fue obtenido con recursos provenientes de la actividad consistente en la venta de muebles y crianza de gallos de pelea, y por el contrario, el representante del Ministerio Público, simplemente se limitó a solicitar la incautación del mismo, sin antes probar que dicho bien sea proveniente de la actividad ilícita del narcotráfico (fs. 14 a 16 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.2.5.- Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- la vivienda
- Fragmento 24
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR