SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

Fragmento 24

En relación a la congruencia cabe señalar que la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional, refiere que dicho elemento forma parte del debido proceso exige que toda resolución debe contener la concordancia entre lo pedido, lo considerado y resuelto; esto implica también que debe persistir entre la parte considerativa y dispositiva y que debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y juicios de valor emitidos por la resolución. En ese marco a fin de verificar la denuncia de falta de congruencia en el Auto de Vista de 15 de octubre de 2018, se realizará una contrastación entre los argumentos del recurso de apelación con los fundamentos de la Resolución impugnada.