SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

Fragmento 25

En ese contexto, como primer agravio relativo al riesgo procesal del art. 234.10 del CPP, el accionante a objeto de desvirtuar lo referido presentó acta de incineración de las sustancias controladas, antecedentes judiciales y policiales de diferentes instancias como DIPROVE, FELCC, FELCV entre otros, además de la valoración psicológica que debió haberse valorado al momento de su detención preventiva; y en la audiencia de 11 de septiembre de 2018, presentada ante el Juez a quo además de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0070/2014-S1, 0056/2014 y 0583/2017-S2, las mismas que están inmersas en el acta; empero no están adjuntadas en el legajo procesal, “…ahora si lo traigo y cito dos puntos…” (sic) en la SCP “583/2017” menciona la pretensión de aplicar el riesgo procesal previsto en el              art. 234.10 del CPP, será preciso analizar la conducta y antecedentes del imputado, cuyo fallo conforme a la SCP 1121/2016-S3 de 18 de octubre, “si he hecho mención en la audiencia referida se debe aceptar” (sic), por ello, con toda la documentación ya se enervó el citado riesgo procesal, además que el caso ya se encuentra en el Juzgado de Sentencia Penal, lo cual significa que no existe necesidad de seguir precautelando la detención preventiva ya que es estaría desnaturalizando la misma.