SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2019-S1

Fecha: 22-May-2019

Fragmento 19

De la relación contextual efectuada precedentemente, corresponde hacer una necesaria aclaración, ya que si bien a prima facie, aparentemente la presente acción tutelar versaría sobre nuevos actos lesivos, debido a que el hecho, derecho y petitorio difieren de la primera acción de amparo constitucional interpuesta; sin embargo, de la situación fáctica expuesta por el propio impetrante de tutela, éste cuestiona el alcance y efecto de lo determinado en la primera acción de amparo constitucional vinculado a su pretensión en la presente acción de defensa y que trasunta en que al habérsele concedido la tutela en la primera acción de defensa y anulado la Resolución Jerárquica FDC/OVE IS 485/2017 y ordenando se emita una nueva Resolución, el proceso penal aun no habría concluido por lo tanto el Fiscal Departamental tendría competencia para resolver su solicitud de conversión de acciones, actuación que debió efectuar previo a emitir la nueva Resolución Jerárquica ordenada por la primera acción tutelar; en ese sentido, se evidencia que en el presente caso no es posible asumir que se está frente a eventuales nuevos actos u omisiones ilegales como pretende hacer ver el peticionante de tutela, sino que el objeto procesal y la pretensión actual devienen de un evidente nexo causal de lo resuelto en la primera acción de amparo constitucional; por lo que, la alegación efectuada en esta acción de defensa debe ser resuelta por el mismo Juez de garantías que resolvió la primera acción constitucional.