SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2019-S2

Fecha: 24-May-2019

se entiende toda situación que favorezca el desarrollo integral de la niña, niño y adolescente

Por su parte, el art. 12 del CNNA, respecto al interés superior establece que: “…se entiende toda situación que favorezca el desarrollo integral de la niña, niño y adolescente en el goce de sus derechos y garantías. Para determinar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes en una situación concreta, se debe apreciar su opinión y de la madre, padre o ambos padres, guardadora o guardador, tutora o tutor; la necesidad de equilibrio entre sus derechos, garantías y deberes; su condición especifica como persona en desarrollo, la necesidad de equilibrio entre sus derechos y garantías, y los derechos de las demás personas” (las negrillas nos pertenece).

Comprende entre otras cosas el privilegio en la aplicación, observancia y respeto de sus derechos, en recibir atención, protección y socorro de manera prioritaria, en la otorgación de servicios públicos y privados, como el derecho al acceso a la justicia de manera pronta y oportuna. El interés superior de la niña, niño y adolescente, constituye un principio, cuyo cumplimiento debe ser garantizado por el propio Estado como un fin esencial, así lo dispone el art. 9.4 de la CPE.