Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
II.3.
II.3. El 24 de mayo de 2018, mediante providencia suscrita por el Magistrado Tramitador, ante el incumplimiento de la providencia del 20 de enero de 2018, se tuvo como no presentada la demanda, ordenándose el desglose de los documentos adjuntos a la demanda y luego, el archivo de obrados (fs. 89), decreto que fue notificado a la impetrante de tutela, el 19 de julio de igual año (fs. 90).
- acción de amparo constitucional
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- a)
- declarar la improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- III.2. Sobre la comunicación procesal y su finalidad
- El principio de convalidación; en cuyo mérito, no es posible declarar la nulidad, si el afectado con el acto irregular, lo consiente expresa o tácitamente
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR