Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2019-S1
Fecha: 28-May-2019
b)
b) Si bien es cierto que de la carpeta de saneamiento se advierte que el demandante se apersonó, y que mediante memorial de 20 de julio de 2005, puso en conocimiento del INRA Pando, la Sentencia y Auto de Vista indicados precedentemente, pidió simplemente “se tenga presente”, sin hacer mayor argumentación, tampoco objetó la antes referida Resolución Final de Saneamiento que en esa fecha ya se encontraba emitida;
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. El principio de congruencia
- ii)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- j)
- k)
- error sobre la persona
- a un proceso de regularización de derecho propietario vía saneamiento de tierras con la identificación y verificación de función social o función económica social
- incumplimiento
- mediana propiedad
- CONFIRMAR en parte