SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

concedió

El Juez Público Mixto Civil y Comercial y de Familia Primero de Guayaramerín del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2018 de 27 de noviembre, cursante de fs. 52 a 54, concedió -lo correcto es en parte- la tutela solicitada respecto al derecho a la “inamovilidad laboral” y el debido proceso; disponiendo: la inmediata reincorporación de la accionante a su fuente de trabajo en el cargo que desempeñaba como Secretaria de Gerencia, con el mismo nivel salarial, en cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación JRTG-ERMC-R 003/2018 en el plazo de tres días hábiles, con costas y costos; asimismo, denegó en cuanto al pago de sueldos devengados y beneficios sociales, debiendo la impetrante de tutela acudir a la vía laboral. Determinación asumida en base a los siguientes fundamentos: i) La jurisprudencia constitucional establece la reincorporación del trabajador en cumplimiento de la Conminatoria y en el presente caso, la Jefatura Regional de Trabajo de Guayaramerín del departamento aludido, dispuso la reincorporación de la demandante de tutela a su misma fuente laboral en el plazo de tres días hábiles, en el cargo que desempeñaba antes de su desvinculación; ello en consideración a que su despido fue ilegal; ii) Neusa Argene Oniaba Zuñiga demostró ante la instancia administrativa (Jefatura Regional de Trabajo) que su despido fue injustificado; por lo que, mereció la Conminatoria de Reincorporación laboral; y, iii) Se evidenció la reticencia del demandado de dar cumplimiento a la referida Conminatoria de Reincorporación.