SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 23 de noviembre de 2015, trabajó en la CAPAG R.L., hasta que el 1 de octubre de 2018, fue despedida a través de Memorándum de agradecimiento suscrito por el Gerente General de dicha Cooperativa, arguyendo que: “Por instrucción del Directorio de Consejo de Administración en reunión del viernes 28 de septiembre se determinó agradecer sus servicios prestados hasta el día de hoy, lunes 1 de octubre del presente” (sic). Añadió que fue discriminada debido a que fue contratada bajo el mandato del antiguo Consejo de Administración; por lo que, previamente a su desvinculación sufrió acoso laboral reflejado en la rotación de su puesto de trabajo en diferentes oportunidades, según se tiene de las Notas Internas 10/2018 de 2 de agosto y 12/2018 de 27 de igual mes.

Posteriormente, acudió a la Jefatura Regional de Trabajo de Guayaramerín del departamento de Beni, denunciando el despido injustificado; en cuyo mérito, dicha instancia emitió la Conminatoria de Reincorporación JRTG-ERMC-R 003/2018 de 12 de noviembre, notificada de manera personal al denunciado el 13 de igual mes y año; sin embargo, tal determinación no fue acatada.