SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S2

Fecha: 05-Jun-2019

disuelto mediante Sentencia de 10 de abril de 2000

Ahora bien, a partir del análisis minucioso de los antecedentes que informan del caso, se tiene que el origen de la presente acción tutelar, es la demanda de división y partición de bienes gananciales respecto al matrimonio de la impetrante de tutela, que fue disuelto mediante Sentencia de 10 de abril de 2000, que a momento de plantear su incidente de partición y división -y según aseveró Claudia del Carmen Sánchez Herrera-, se encontraba ejecutoriada (Conclusión II.2.). Ahora bien, a partir de lo señalado es posible evidenciar que en relación a los bienes gananciales -cuya partición reclama-, el 10 de febrero de 1999, mediante su memorial de demanda de divorcio, afirmó que “…no existen bienes gananciales que puedan imputarse al matrimonio…” (sic [Conclusión II.1]); consecuentemente, la accionante admitió tal extremo; y, se sometió a los efectos de su propia afirmación, al permitir que la Sentencia cobre ejecutoria, sin efectuar ningún reclamo hasta el 2016.