SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2019-S2

Fecha: 05-Jun-2019

superabundantemente

En tal sentido, se tiene que la accionante, pese a tener en su momento el derecho y la posibilidad de activar los mecanismos ordinarios en defensa de sus derechos e intereses, pudiendo inclusive interponer la acción de amparo constitucional, se limitó a dejar transcurrir el tiempo superabundantemente, sometiéndose voluntariamente a los efectos de su inacción, pues conforme se extrae de su demanda (Conclusión III.3.), permitió que -ante el deceso de su ex cónyuge el 8 de marzo de 2003-  otras personas “usufructen” y “lucren” -según afirmó en la precitada demanda- con las que considera sus pertenencias; sin activar la vía ordinaria.