SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

redimir la condena impuesta en razón de un día de pena por dos días de trabajo o estudio

Ahora bien, según se advierte del Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución constitucional, la figura jurídica de Redención de condena constituye un beneficio legal al que pueden acogerse privados de libertad que estén cumpliendo una Sentencia condenatoria ejecutoriada, a fin de que la autoridad jurisdiccional competente tomando en cuenta criterios de buena conducta, trabajo y estudio, rebaje la condena inicialmente impuesta. Al respecto, del referido Fundamento Jurídico se extrae que el interno puede redimir la condena impuesta en razón de un día de pena por dos días de trabajo o estudio, cumpliendo los siguientes requisitos: No estar condenado por delito que no permita Indulto; haber cumplido las dos quintas partes de la condena; haber trabajado de manera regular bajo control de la administración penitenciaria, o haber estudiado y aprobado las evaluaciones parciales y finales de cada ciclo de los cursos autorizados por la Administración Penitenciaria; no estar condenado por delito de violación a menores de edad; no estar condenado por delito de terrorismo; no estar condenado a pena privativa de libertad superior a quince años, por delitos tipificados en la Ley 1008 del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas; y, no haber sido sancionado por faltas graves o muy graves en el último año.