ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0481/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0481/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

Hilarión Capusiri Ordoñez; Valeriana Capusiri Ordoñez de Torrez; Jhonny Torrez Bernabela,

Por su parte, Hilarión Capusiri Ordoñez; Valeriana Capusiri Ordoñez de Torrez; Jhonny Torrez Bernabela, todos ex autoridades del Ayllu Chiru -Jilankus y Mama Thalla respectivamente, como se acredita mediante actas de nombramiento y posesión, así como por credenciales otorgados por la FAOI-NP, para ejercer el cargo de autoridades del 3 de enero de 2017 a 3 de enero de 2018, señalaron en su apersonamiento ante este Tribunal el 17 de septiembre del mismo año, que la demanda tutelar emerge como consecuencia del ejercicio de las funciones que ejercieron como autoridades originarias en la gestión 2017, solicitando que en la resolución del caso, se tome en cuenta la vigencia de los derechos de las NPIOC, sin cuestionar la condición de autoridades de las personas que emitieron la resolución de 1 de septiembre de 2017, como lo hicieron Tomás Ordoñez Coyo y Jacinto Ordoñez Gabriel, en su condición de autoridades del Ayllu Chiru (Conclusión II.11).

De lo expuesto, este Tribunal concluye que, con relación a la legalidad de las autoridades demandadas de la comunidad Chiru K'uchu, al momento de emitir la Resolución de 1 de septiembre de 2017, por la que se “expulsa” a los ahora demandantes, estaban investidos de autoridad, legalmente electos y posesionadas de acuerdo a normas y procedimientos propios, situación que de acuerdo al acta de audiencia tutelar, fue corroborado por el mismo abogado de los accionantes, al señalar de forma textual que: “…los dirigentes que tuvieron a bien presidir la magna asamblea y elaborar la presente resolución están y han sido debidamente posicionados no vamos a discutir eso lo que estamos viniendo a discutir señor juez es el contenido de esa resolución de esos dirigentes debidamente posesionados…” (sic [fs. 49 vta.]).