ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0510/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0510/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

Sentencia 86/2008

La presente acción de amparo constitucional deviene de la resolución de una demanda coactiva social iniciada por la CNS contra el entonces TGN -ahora Viceministerio del Tesoro y Crédito Público-, proceso en cuya primera instancia, la autoridad judicial emitió la Sentencia 86/2008, declarando probada la demanda presentada, como efecto firme y subsistente la Nota de Cargo, consiguientemente ordenó a la entidad coactivada cancelar a favor de la CNS la suma de Bs2 765 827 29, dentro del tercero día de su notificación; previo procedimiento recursivo a instancia de parte, ante el recurso de apelación, la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 036/2016, confirmó la Sentencia apelada y ante el recurso de casación en la forma y en el fondo contra el referido Auto de Vista dictado, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 096/2018, declaró infundado el recurso de casación interpuesto por el VTCP. 

En ese contexto, éste último acto procesal -Auto Supremo 096/2018- es denunciado de lesivo contra los derechos al debido proceso en su elemento motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones y al derecho de petición de la entidad accionante, quien solicita se deje sin efecto y se ordene la emisión de un nuevo auto supremo, aplicándose correctamente los arts. 7 y 25 inc. a) del Reglamento al CSS y el art. 4 de la LEFP, declarándose su inaplicabilidad respecto a los consultores. A cuyo efecto es necesario contrastar los aspectos que conciernen al supuesto hecho lesivo en los fundamentos jurídicos desarrollados en el presente fallo, en ese entendido se procederá a su análisis en los términos que siguen.