SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2019

Fecha: 09-Jul-2019

los elegidos ejercen su función por mandato o designación[28]

“115. El Tribunal nota que, en el desarrollo de la participación política representativa, los elegidos ejercen su función por mandato o designación[28] y en representación de una colectividad. Esta dualidad recae tanto en el derecho del individuo que ejerce el mandato o designación (participación directa) como en el derecho de la colectividad a ser representada. En este sentido, la violación del primero repercute en la vulneración del otro derecho” (las negrillas nos corresponden).

Con estos precedentes la Corte como máximo intérprete de la Convención estableció que la participación política es un prerrequisito para el fortalecimiento de la democracia. Al mismo tiempo de señalar que la limitación de la participación de un representante significa la vulneración sus derechos y también de los derechos de los electores.