SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2019

Fecha: 09-Jul-2019

los Estados tienen la obligación de no introducir en su ordenamiento jurídico regulaciones discriminatorias, eliminar las regulaciones de carácter discriminatorio, combatir las prácticas de este carácter y establecer normas y otras medidas que reconozcan y aseguren la efectiva igualdad ante la ley de todas las personas

185. Ese principio posee un carácter fundamental para la salvaguardia de los derechos humanos tanto en el derecho internacional como en el interno; se trata de un principio de derecho imperativo. Por consiguiente, los Estados tienen la obligación de no introducir en su ordenamiento jurídico regulaciones discriminatorias, eliminar las regulaciones de carácter discriminatorio, combatir las prácticas de este carácter y establecer normas y otras medidas que reconozcan y aseguren la efectiva igualdad ante la ley de todas las personas. Es discriminatoria una distinción que carezca de justificación objetiva y razonable” [30](las negrillas fueron agregadas).

Cabe recalcar que esta Sentencia hace hincapié en la prohibición que tienen los estados de introducir regulaciones discriminatorias, situaciones ante las cuales deberá eliminar estas regulaciones de carácter discriminatorio, como se encuentra previsto en los arts. 1.1 y 2 de la CADH, implicando la obligación que tiene el Estado de respetar y garantizar el principio de igualdad y no discriminación, en ese contexto señaló que: