Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.1.
II.1. Por Auto Interlocutorio 402/2018 de 7 de octubre, Juez de Instrucción Penal Séptimo del El Alto del departamento de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra “Ivan Henry Richard Samata Jalla” –siendo lo correcto Henry Richard Zamata Jaila-, por la comisión del delito robo agravado, allanamiento de domicilio o sus dependencias; y, lesiones graves y leves, decidió aplicar la medida extrema de detención preventiva en contra del imputado a cumplirse en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, a tal efecto dispuso se libren los mandamientos correspondientes (fs. 23 a 24 vta.)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- concediendo en parte la acción de libertad
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- la existencia de la garantía constitucional en análisis, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus; pues no se trata de una garantía que tenga la vocación de reparar, en exclusiva, todas las formas de lesión a la libertad que pudieran invocarse, sino la de dotar a la persona de un medio de defensa sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida
- en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- el primero
- segundo acto lesivo
- REVOCAR