Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2018, el ahora accionante, solicitó ante el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, ahora demandado, el señalamiento de audiencia de consideración de procedimiento abreviado; mereciendo decreto de 18 del referido mes y año, que dispone audiencia para el 24 de igual fecha; cursando diligencias a las partes en Secretaria de Juzgado (fs. 25 y 26).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- concediendo en parte la acción de libertad
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- la existencia de la garantía constitucional en análisis, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus; pues no se trata de una garantía que tenga la vocación de reparar, en exclusiva, todas las formas de lesión a la libertad que pudieran invocarse, sino la de dotar a la persona de un medio de defensa sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida
- en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- el primero
- segundo acto lesivo
- REVOCAR