Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.6.
II.6. Mediante Acta de audiencia pública de consideración de procedimiento abreviado, de 4 de febrero de 2019, suscrita por Juez ahora demandado, que establece se declare cuarto intermedio hasta el 6 del señalado mes y año; toda vez que, el imputado se encontraría aún dentro de plazo de interponer recurso de apelación respecto de la Auto Interlocutorio 039/2019 (fs. 40).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- concediendo en parte la acción de libertad
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- la existencia de la garantía constitucional en análisis, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus; pues no se trata de una garantía que tenga la vocación de reparar, en exclusiva, todas las formas de lesión a la libertad que pudieran invocarse, sino la de dotar a la persona de un medio de defensa sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida
- en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- el primero
- segundo acto lesivo
- REVOCAR