SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2019-S4

Fecha: 12-Jul-2019

denegó

La Jueza Pública de Familia Primera del departamento de Chuquisaca, constituida en Juez de garantías, mediante Resolución 001/2019 de 25 de enero, cursante de fs. 382 a 390, denegó la tutela solicitada; previa relación de lo expuesto por las partes, establece los siguientes fundamentos: a) El AS 605/2018, estableció la conceptualización de la usucapión decenal o extraordinaria y la posesión, para luego efectuar una subsunción en cuanto a la prueba introducida y producida aportada por las partes; b) El fallo impugnado no es vulneratorio a los derechos de los solicitantes de tutela, ni incurrió en actos ilegales u omisión indebidas, no revalorizaron la prueba al ser facultad privativa de los juzgadores de instancia, la que es incensurable en casación, salvo que se demuestre la existencia de error de hecho o de derecho, lo cual no aconteció; c) Se denunció la violación de los       art. 1286 del Código Civil (CC) y 397 del CPC, pero no se relacionó con el conjunto de la prueba, tampoco se especificó en qué consistió la lesión; d) Los impetrantes de tutela no determinaron, a través de qué actos, las autoridades demandadas hubiesen generado la lesión de tales derechos; e) Respecto al reclamo de supuesto carácter de extra petita del Auto Supremo,  se tiene que resolvieron temas que fueron objeto de la relación procesal bajo el nombre de vulneración a garantías constitucionales; y, f) La aplicación de la sana crítica, es supletoria a prueba tasada, lo que no implica desconocer el principio de verdad material, de tal manera que el art. 397.I del CPC, debe interpretarse conforme el art. 180.I de la CPE.