Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.4.
II.4. La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en cumplimiento de lo determinado por el Juez de garantías y el Tribunal Constitucional Plurinacional, emitió el Auto de Vista SCCI-068/2018 el 27 de febrero, por el cual se determinó confirmar el Auto 449/2016, en mérito a que el incidentista demostró su derecho propietario; por lo que, le asiste el derecho a buscar la nulidad procesal, ya que se le impidió ejercer su defensa (fs. 74 a 76).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2.1. Sobre la presunta existencia de cosa juzgada constitucional alegada por el tercero interesado
- él tenía derecho propietario sobre el bien inmueble objeto de controversia, por lo que el incidente, claramente fue promovido protegiendo sus intereses personales y no de sus causantes, por lo que ciertamente no existía la necesidad de acreditar o demostrar la condición de heredero y mucho menos la representación a sus padres
- por lo que, la pretensión de los denunciantes excede lo determinado en cada uno de los fallos constitucionales.
- iv)
- CONFIRMAR
- 2°
- MAGISTRADO