SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2019-S1

Fecha: 15-Jul-2019

II.2.

II.2.  A través de Nota de 12 de septiembre de 2018, el ahora demandado dio a conocer al accionante el Informe de 8 de igual mes y año remitido por Asesoría Legal de la aludida Cooperativa respecto a su solicitud de “21” –lo correcto es 20– de agosto, en el que se señaló que el memorial de impugnación que presentó no se encuentra sustentado en una ley, norma o procedimiento que le otorgue facultades para presentar dicho recurso; por lo que, indicó que no es oportuno pronunciarse sobre algo que no se encuentra regulado y en cuanto a las fotocopias legalizadas solicitadas señaló que al igual que los originales deben ser mediante orden judicial y que solo se pueden otorgarse fotocopias simples, recomendando que el solicitante sustente su impugnación, citando las normas legales en la que se ampara y que dicho memorial se ponga a conocimiento de las autoridades de la Cooperativa que emitieron la Resolución Administrativa 001/2016 para que se pronuncien sobre el mismo (fs. 18 y 19).