Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2019-S1
Fecha: 16-Jul-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución AL-0001/2019 de 20 de febrero, cursante de fs. 68 a 70, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Andrea Trigo Amador en representación sin mandato de Marvell José María Leyes Justiniano contra Juan Edgar Balderrama Balderrama, ex Juez Público Civil y Comercial Decimosegundo, Clelia Elizabeth La Fuente Torrico, ex Jueza Pública Civil y Comercial Decimotercera y María Ivonne Aviles Escobar, Jueza Pública Civil y Comercial Decimocuarta, todos del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El reclamo del trámite de una acción de amparo constitucional
- En los casos en los que el juzgador que hubiera conocido el amparo, no hubiese observado todas las normas de procedimiento aplicables al recurso, los que se consideren perjudicados con esas omisiones podrán solicitar ante el mismo tribunal o juez del recurso formalmente sean subsanadas o, en su caso, denunciarlas en la instancia de revisión ante este Tribunal
- la jurisprudencia de este Tribunal de manera reiterada dejó establecido que las acciones constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para reclamar la supuesta indebida tramitación o resolución en otra acción tutelar o de defensa,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR